Tabla ISR RESICO 2026: tasas y cómo calcular tu pago

Tabla ISR RESICO 2026: tasas y cómo calcular tu pago

Si tributas en RESICO como persona física, calcular tu ISR mensual es más simple de lo que parece: aquí tienes la tabla de tasas 2026 y, paso a paso, cómo saber exactamente cuánto te toca pagar cada mes (incluyendo la retención del 1.25% que muchos no saben acreditar).

Tabla de ISR RESICO 2026 (personas físicas)

El ISR en RESICO se calcula con una tasa que va del 1% al 2.5% según tus ingresos cobrados en el mes (sin IVA):

Ingresos mensuales (sin IVA) Tasa de ISR
Hasta $25,000.00 1.00%
$25,000.01 – $50,000.00 1.10%
$50,000.01 – $83,333.33 1.50%
$83,333.34 – $208,333.33 2.00%
$208,333.34 – $3,500,000.00 2.50%

Aplica a personas físicas en RESICO (clave 626) con ingresos anuales de hasta $3.5 millones.

Cómo se calcula: la clave que casi todos confunden

Aquí está lo importante, y es distinto al régimen general: en RESICO, la tasa del tramo se aplica a todos tus ingresos del mes, no de forma escalonada. No es un cálculo marginal.

La fórmula es simple:

ISR del mes = ingresos cobrados (sin IVA) × tasa del tramo

Ejemplo: si en el mes cobras $60,000, caes en el tramo de 1.50%, así que tu ISR es:

$60,000 × 1.50% = $900 de ISR

Eso es todo. Sin restar gastos, sin tablas de cuotas fijas: ingreso por tasa.

La retención del 1.25% (y cómo acreditarla)

Cuando le facturas a una empresa (persona moral), esta está obligada a retenerte el 1.25% de tus ingresos (sin IVA) como anticipo de tu ISR. No es un impuesto extra: es dinero que ya adelantaste y que acreditas contra tu ISR del mes.

Siguiendo el ejemplo anterior:

  • ISR del mes: $900
  • Si esos $60,000 se los facturaste a una empresa, te retuvieron: $60,000 × 1.25% = $750
  • Lo que realmente pagas al SAT: $900 − $750 = $150

Si le facturas a personas físicas (que no retienen), entonces pagas los $900 completos. Por eso es clave llevar bien la cuenta de cuánto te retuvieron: es dinero tuyo.

¿Ya sabes cuánto pagas pero no cómo vas a compensar lo que no deduces?

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Ejemplo completo, mes por mes

Imagina que en un mes cobraste $40,000 a una empresa y $20,000 a clientes personas físicas (total $60,000):

  1. Tasa: $60,000 cae en el tramo de 1.50%.
  2. ISR del mes: $60,000 × 1.50% = $900.
  3. Retención acreditable: solo los $40,000 de la empresa generan retención → $40,000 × 1.25% = $500.
  4. A pagar: $900 − $500 = $400.

Presentas y pagas a más tardar el día 17 del mes siguiente.

Si quieres el paso a paso completo para presentarla en el portal del SAT, revisa la guía de declaración mensual RESICO; y para emitir bien tus CFDI (incluida esta retención), consulta la guía de cómo facturar en RESICO.

Un par de cosas que debes recordar

  • Los pagos mensuales del RESICO son definitivos. En la declaración anual se acreditan retenciones que no hayas aplicado y se puede pedir la devolución de las que te retuvieron de más.
  • En RESICO, el ISR se calcula sobre tus ingresos sin restar gastos ni deducciones personales. Es la contraparte de sus tasas tan bajas. Si quieres el panorama completo del régimen (requisitos, ventajas y a quién conviene), está en la guía de qué es el RESICO.

En resumen

Calcular tu ISR en RESICO es directo: ubica tu tramo en la tabla, multiplica tus ingresos por la tasa y resta lo que te hayan retenido. La parte que más gente pasa por alto es acreditar bien el 1.25% —es dinero tuyo— y recordar que la simplicidad del régimen viene a cambio de no poder deducir.

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Este contenido es informativo y no sustituye la asesoría de un contador. Las tasas y tramos corresponden al ejercicio 2026 (Ley del ISR y Resolución Miscelánea Fiscal vigentes); verifica siempre las tablas actualizadas del SAT antes de calcular.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es la tasa de ISR en RESICO 2026?

Del 1% al 2.5% sobre tus ingresos mensuales cobrados (sin IVA), según el tramo: 1% hasta $25,000, 1.10% hasta $50,000, 1.50% hasta $83,333.33, 2% hasta $208,333.33 y 2.5% hasta $3,500,000.

¿Cómo se calcula el ISR en RESICO?

Multiplicas tus ingresos cobrados del mes (sin IVA) por la tasa del tramo correspondiente. No se restan gastos ni deducciones. Por ejemplo, $60,000 × 1.50% = $900.

¿Qué es la retención del 1.25% en RESICO?

Cuando facturas a una persona moral, esta te retiene el 1.25% de tus ingresos como anticipo de ISR. Lo acreditas contra tu ISR del mes, así que no es un cobro adicional.

¿La tasa se aplica de forma escalonada como en el régimen general?

No. En RESICO la tasa del tramo se aplica a todo tu ingreso del mes, no marginalmente. Es un cálculo directo.

¿Cuándo pago el ISR de RESICO?

Cada mes, a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponde el ingreso.

David Ramírez, Asesor financiero independiente

David Ramírez

Ex-EY (Transfer Pricing) · ITESM · Certificado AMIB · Registrado ante CNSF

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